Derecho Civil

Renovación automática del contrato de arrendamiento: cómo evitarla y proteger a las partes

El contrato de arrendamiento venció en diciembre. Nadie volvió a hablar del tema: el inquilino se quedó y el dueño siguió recibiendo el canon cada mes. Un año después, el dueño necesita el inmueble. ¿Puede pedirlo de un día para otro? No: tendrá que seguir las reglas de un contrato sin tiempo determinado, y la razón es una figura que casi nadie lee en el contrato, la renovación tácita.

Qué dice el Código Civil

Tres artículos explican casi todo:

La clave está en dos palabras del artículo 1.600: el inquilino queda y se le deja. Lo que renueva el contrato no es una firma, es la combinación de permanencia y pasividad.

Renovación tácita y renovación automática pactada no son lo mismo

La tácita la presume la ley por la conducta de las partes: el plazo venció, el inquilino se queda y el dueño no se opone. La automática la pactan las partes en el contrato: una cláusula que dice, por ejemplo, que el contrato se renovará por períodos iguales si ninguna de ellas avisa con cierta anticipación. Con esa cláusula no basta con callar: hay que avisar, en la forma y en el plazo que el propio contrato fije. Si la cláusula no dice cómo ni cuándo, se convierte en fuente de conflictos.

Cómo evitarla si eres arrendador

Cómo protegerte si eres inquilino

Qué conviene dejar escrito en el contrato

Para el resto de las cláusulas, mira las que todo propietario debe incluir. Y si el inquilino pretende quedarse como dueño por el solo paso del tiempo, es otra figura distinta, la prescripción adquisitiva. Si tu contrato está por vencer o ya venció, puedes consultar tu caso con Ronny.

Ronny CorderoAbogado · Acarigua, Portuguesa · Derecho Civil, Laboral y Mercantil

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